4. Disposiciones sobre el final de la vida
Parte del curso Teología moral de la persona.
Definiciones clave:
- Eutanasia: eu (buena) + zánatos (muerte).
- Distinción: Enfermedad grave y próxima a la muerte, diferente de homicidio y suicidio.
- Consideraciones:
- Atención esmerada a los enfermos. Sin desesperación.
- Incurable, dolor intolerable. Sin calidad de vida.
- Discernimiento social y religioso. Con autonomía y libertad.
- Conciencia de responsabilidad. Sin escatimar cuidados.
2. Nuevas nomenclaturas
- Distanasia: dis (prolongación) + zánatos. Prolongación exagerada y desmesurada del proceso de la muerte.
- Adistanasia (Eutanasia): a (no). No prolongación irrazonable del proceso de la muerte. Se suprime la vida del enfermo próximo a la muerte.
- Ortotanasia: orto (correcta). Punto intermedio; recibir la muerte sin adelantarla decididamente ni prolongarla desmedidamente.
- Decisión ética para ayudar la recepción de la muerte, lo más humanamente posible.
- ¿Cómo distinguirlo? El hecho material es idéntico. Valorar la intención y voluntad (anticipar, prolongar o humanizar la muerte).
3. Medios ordinarios o extraordinarios
- Proporcionados o desproporcionados.
- Tecnología: Habitual o sofisticada.
- Voluntad: Obligación o libre opción.
- Temporalidad: Limitada o permanente.
- Recurso: Abundante o escaso.
- Económico: Asequible o costoso.
- Clínico: Aceptado o en experimentación.
- Perspectiva: Futuro, familia, etc.
4. Distinción habitual (s. XVI) de la eutanasia:
- Activa directa: Acción que acelera la muerte (e. g., cianuro, sobredosis).
- Activa indirecta: Alivio del dolor, abreviar la vida por los calmantes, aunque no lo quiera el médico (e. g., morfina).
- Pasiva: Omisión de terapia que podría prolongar la vida (e. g., respirador o alimentador).
5. Principios católicos (catecismo)
- Vida sagrada: Desde su inicio es fruto de la acción creadora de Dios.
- Solo Dios es Señor de la vida, de principio a fin.
- Nadie puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un inocente.
- Eutanasia directa: Moralmente inaceptable.
- Acción u omisión que provoca la muerte para suprimir el dolor.
- Interrupción de tratamientos extraordinarios o desproporcionados: Legítima si no se pretende provocar la muerte.
- Se acepta no poder impedir la muerte.
- Debe decidir el paciente (si puede).
- Si no, quien tiene derechos legales, respetando la voluntad razonable y los intereses legítimos.
- Uso de analgésicos: Permitido si la muerte no es pretendida, sino tolerada como inevitable.
- Aun a riesgo de que acorte la vida.
- Cuidados paliativos: Deben ser alentados.
- El sufrimiento no es bueno, aunque forma parte de la vida.
- Suprimir dolor, aunque limite la conciencia o acorte la vida.
- Mantener la conciencia lo suficiente, para prepararse al encuentro con Dios.
6. Testamento vital
- Declaración de Voluntades anticipadas: Ámbito civil
- Testamento vital: Iglesia católica.
- Declaración clara, concisa y definitoria.
- Voluntad Cristiana y Humana: Cómo vivir la muerte de manera tranquila, correcto y acertado.
Contenido:
- A la familia, personal sanitario, párroco: Expresión formal de voluntad, consciente y libre.
- Respetado, como documento de instrucciones previas, o equivalente legal.
- Vida = don y bendición de Dios: Pero no es valor supremo absoluto.
- Muerte inevitable; desde la fe cree en la vida eterna junto a Dios.
- Tiene: capacidad legal necesaria y suficiente, para actuar libremente
- Pide:
- Cuidados básicos: Paliar dolor y sufrimiento.
- Rechazo a eutanasia y distanasia.
- Ayuda espiritual y psicológica: Para asumir cristiana y humanamente la muerte.
- Presencia de sacerdote y sacramentos.
- Preparación para la muerte: Compañía de seres queridos y consuelo de fe.
- Respeto a la voluntad
- Designación de representantes: Para decisiones pertinentes.
- Respetar la vida del hijo en caso de embarazo.
- Responsabilidad compartida: Se redacta el documento para atenuar el sentimiento de culpa.